Por medio del presente, “IEXE Universidad” se obliga a prestar el servicio de enseñanza que, conforme a los planes de estudio disponibles en su sitio web asociados al Programa Académico con o sin Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios referido en su Declaración anterior en la modalidad en línea, (en lo sucesivo designado en el presente Contrato de manera indistinta como “el Servicio Educativo”), correspondiente al ciclo lectivo, nivel y programa a que se refiere la “LA SOLICITUD” entregada, enviada o completada por “EL ALUMNO” a través de los sistemas informáticos de “IEXE Universidad” por “EL ALUMNO”; a cambio de que éste cubra, puntualmente y conforme a los procedimientos formalmente comunicados; el precio cierto y determinado establecido, en principio, en el presente acuerdo de voluntades, menos la Beca y/o los beneficios que de manera particular sea acreedor que se le comuniquen de forma expresa a través de los diversos agentes de “IEXE Universidad” o incluso de forma tácita al aplicarlos directamente a sus instrumentos de pago. A partir de que, cualquiera de los agentes, representantes, consejeros, comisionados, trabajadores, empleados, cualesquier otro personal o el propio sistema informático de “IEXE Universidad”, le notifiquen expresamente a “EL ALUMNO” que “LA SOLICITUD” ha sido aceptada.
Para una mejor interpretación de la conformación del consentimiento de “LAS PARTES”, se establece expresamente que, “EL ALUMNO” acreditará su consentimiento con la entrega, envío o selección de conformidad del botón “Acepto el clausulado del Contrato de Prestación de Servicios Educativos” en la sección de la web de “IEXE Universidad” correspondiente de “LA SOLICITUD” aunque exista defectos en su requisición; mientras que “IEXE Universidad” externará su consentimiento para vincularse conforme al presente Contrato con “EL ALUMNO”, al momento que cualquiera de sus agentes o auxiliares o sistema informático remita aceptación expresa de dicha solicitud a “EL ALUMNO”.
De la misma manera, “LAS PARTES” establecen que el Servicio Educativo será prestado invariablemente, cuando “EL ALUMNO”:
Sin embargo “EL ALUMNO” en este acto acepta que, el mero uso, goce, disfrute, beneficio, cursamiento, o causahabiencia de los Servicios Educativos de este Contrato, aún en los términos de los incisos anteriores; no significa que su avance en el Programa Académico de mérito quede reconocido oficialmente como tal; sino única y exclusivamente en los casos en que, conforme al Reglamento Interno que le aplique, se le reconozca como un alumno regular, y cumpla a cabalidad y a satisfacción de los agentes, representantes o auxiliares de “IEXE Universidad”.
Para una mejor interpretación de esta disposición, “EL ALUMNO” será regular cuando, cumpliendo con las hipótesis que el Reglamento Interior establezca, así como los términos y condiciones pactadas en este Contrato; los agentes, representantes o auxiliares de “IEXE Universidad”, hagan pronunciamiento formal e institucional de tal calidad de manera expresa y específica a favor de “EL ALUMNO”.
Para confirmar la regularidad “EL ALUMNO”, al finalizar cada ciclo lectivo, podrá solicitar que se expida a su costa, la Constancia relativa que lo acredite con tal carácter así como, en su caso, su trayectoria académica. “EL ALUMNO” acepta expresamente que los únicos medios institucionales y formalmente válidos para acreditar su calidad y trayectoria académica, fuera de los casos de su Certificado de Término, el Título o Grado correspondiente, serán dichas constancias; las cuales dadas su naturaleza, no se le expedirán si no es regular.
Si “EL ALUMNO” cuenta con estudios previos de Licenciatura, Maestría o Doctorado en otra Institución Académica del Sistema Educativo Nacional; podrá solicitar que se realice la examinación de las materias cursadas para que le sean tomadas en cuenta a su favor en el programa que “IEXE Universidad” oferta; para tal efecto, deberá presentar Certificado Parcial del grado sobre el cual pretenda la equivalencia debidamente legalizado, y deberá pagar la Tasa y/o Tarifa correspondiente, la cual no podrá ser inferior a $1,400.00 (un mil cuatrocientos pesos 00/100 M. N.). El pago de dicha, no significa la aprobación, aceptación o satisfacción de la equivalencia.
Las documentales deberán ser forzosamente escaneadas (no se aceptan fotografías, ni productos de aplicaciones de equipos móviles), en formato PDF y con buena resolución (300 dpi) a color, frente y vuelta de cada una de las hojas que lo comprendan. Cada uno de los archivos resultantes deberá de cargarlo en la Plataforma, precisamente en el apartado indicado para tal efecto.
“IEXE Universidad” someterá a examinación de integridad y autenticidad, tanto el continente como el contenido de cada archivo; así, de aprobar las examinaciones de forma satisfactoria, deberán ser remitidas los originales invariablemente, por “EL ALUMNO” a su exclusiva costa, al domicilio señalado en las declaraciones. Será exclusiva responsabilidad de “EL ALUMNO” no remitir el mismo documento que, previamente, “IEXE Universidad” validó.
De no ser aprobado satisfactoriamente, deberá reponer el archivo las veces que sean necesarias, hasta su formal validación.
Notificado “EL ALUMNO” de la aprobación satisfactoria de sus documentales, deberá remitirlas dentro del plazo improrrogable de treinta (30) días naturales, contados a partir del mismo día en que se le notifique. Fenecido el término, “EL ALUMNO” podrá continuar disfrutando de los Servicios Académicos a que se refiere este Contrato, mientras continúe cumpliendo con los requisitos insoslayables establecidos en el objeto del mismo; sin embargo, adquirirá el estatus de irregular, por lo que no será inscrito ante la Autoridad Educativa correspondiente, causando un retraso en su titulación u obtención del grado en la misma proporción que demore en regularizarse más cuatro (04) meses hábiles.
“EL ALUMNO” asume las implicaciones por el riesgo inherente que conlleva el manejo de cualquier documentación; particularmente en los casos en que: la Autoridad Educativa tenga a bien rechazar alguno de sus documentos, o los que se susciten por los traslados, manejo, viaje, entrega, devolución o cualquier otro proporcionado por servicios postales o de mensajería. En cuyo caso libera a “IEXE Universidad” de cualquier responsabilidad.
Si “EL ALUMNO” cuenta con estudios previos de Licenciatura, Maestría o Doctorado en otra Institución Académica; podrá solicitar que se realice la examinación de las materias cursadas para que le sean tomadas en cuenta a su favor en el programa que “IEXE Universidad” oferta; para tal efecto, deberá presentar Certificado Parcial del grado sobre el cual pretenda la equivalencia debidamente apostillado o legalizado, y deberá pagar la Tasa y/o Tarifa correspondiente, la cual no podrá ser inferior a $1,400.00 (un mil cuatrocientos pesos 00/100 M. N.). El pago de dicha, no significa la aprobación, aceptación o satisfacción de la equivalencia.
Las documentales deberán ser forzosamente escaneadas (no se aceptan fotografías, ni productos de aplicaciones de equipos móviles), en formato PDF y con buena resolución (300 dpi) a color, frente y vuelta de cada una de las hojas que lo comprendan. Cada uno de los archivos resultantes deberá de cargarlo en la Plataforma, precisamente en el apartado indicado para tal efecto.
“IEXE Universidad” someterá a examinación de integridad y autenticidad, tanto el continente como el contenido de cada archivo; de no ser aprobado satisfactoriamente, deberá reponer el archivo las veces que sean necesarias, hasta su formal validación.
En caso de que “IEXE Universidad” lo requiera, deberán ser remitidas los originales invariablemente, por “EL ALUMNO” a su exclusiva costa, al domicilio señalado en las declaraciones. Será exclusiva responsabilidad de “EL ALUMNO” no remitir el mismo documento que, previamente, “IEXE Universidad” validó.
La Coordinación de Admisiones se pondrá en contacto si fueran necesarios requisitos adicionales, en función de las necesidades académicas o laborales de “EL ALUMNO”.
En los casos que constituyan cualquiera de las siguientes hipótesis:
- Que los documentos no hayan sido registrados por las instituciones en las que se “EL ALUMNO” realizó sus estudios previos; o,
- Que presentan homonimia.
“EL ALUMNO” deberá realizar las gestiones correspondientes de forma autónoma, y si bien podrá continuar gozando de los Servicios Educativos, de no solventar la situación se le tendrá como irregular sin responsabilidad para “IEXE Universidad”, con los efectos que trae aparejados: y por ende será el único responsable en regularizar sus documentos para realizar la aclaración.
“EL ALUMNO” asume las implicaciones por el riesgo inherente que conlleva el manejo de cualquier documentación; particularmente en los casos en que: la Autoridad Educativa tenga a bien rechazar alguno de sus documentos, o los que se susciten por los traslados, manejo, viaje, entrega, devolución o cualquier otro proporcionado por servicios postales o de mensajería. En cuyo caso libera a “IEXE Universidad” de cualquier responsabilidad.
II.3) CONTRAPRESTACIONES Y CONTRIBUCIONES A CARGO DE “EL ALUMNO”:
“EL ALUMNO” queda obligado, a partir de la suscripción, entrega y/o presentación de “LA SOLICITUD” por cualquier medio, a cubrir de manera satisfactoria los siguientes conceptos; cuyos importes se expresan a continuación sin considerar ninguna clase de descuento, beca o beneficio; conforme a la periodicidad y frecuencia precisada; y considerando, invariablemente su lugar de residencia y/o nacionalidad:
II.3.A) MEXICANOS:
II.3.A.I) Licenciaturas, excepto Derecho:
Concepto: |
Importe en pesos (M.N.): |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$3, 000.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$3, 852.00 |
Mensualmente |
36 |
Reinscripción |
$1, 070.00 |
Cuatrimestralmente |
8 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$1, 500.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$3, 000.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$15, 000.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$375.00 |
Cuatrimestralmente |
9 |
Seminario de Tesis |
$4, 000.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.I.2) Licenciatura en Derecho:
Concepto: |
Importe en pesos (M.N.): |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$3, 000.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$3, 852.00 |
Mensualmente |
40 |
Reinscripción |
$1, 070.00 |
Cuatrimestralmente |
9 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$1, 500.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$3, 000.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$15, 000.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$375.00 |
Cuatrimestralmente |
10 |
Seminario de Tesis |
$4, 000.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.II) Maestría:
Concepto: |
Importe en pesos (M.N.): |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$5, 000.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$6, 955.00 |
Mensualmente |
15 |
Reinscripción |
$1, 605.00 |
Trimestralmente |
4 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$2, 000.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$3, 500.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$19, 000.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$375.00 |
Cuatrimestralmente |
5 |
Seminario de Tesis |
$4, 500.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.III) Doctorado:
Concepto: |
Importe en pesos (M.N.): |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$6, 000.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$9,000.00 |
Mensualmente |
32 |
Reinscripción |
$3,000.00 |
Cuatrimestralmente |
7 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$2, 500.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$4,00.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$19, 500.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$375.00 |
Cuatrimestralmente |
8 |
Seminario de Tesis |
$2, 000.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 10 (1 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.B) EXTRANJEROS (EXCEPTO ECUADOR):
II.3.B.I) Licenciaturas, excepto Derecho:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$150.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$180.00 |
Mensualmente |
36 |
Reinscripción |
$75.00 |
Cuatrimestralmente |
8 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$75.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$150.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$750.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$19.00 |
Cuatrimestralmente |
9 |
Seminario de Tesis |
$200.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.B.I.2) Licenciatura en Derecho:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$150.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$180.00 |
Mensualmente |
40 |
Reinscripción |
$75.00 |
Cuatrimestralmente |
9 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$75.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$150.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$750.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$19.00 |
Cuatrimestralmente |
10 |
Seminario de Tesis |
$200.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.II) Maestría:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$250.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$325.00 |
Mensualmente |
15 |
Reinscripción |
$75.00 |
Trimestralmente |
4 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$100.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$175.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$950.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$19.00 |
Trimestralmente |
5 |
Seminario de Tesis |
$250.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.III) Doctorado:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$300.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$450.00 |
Mensualmente |
32 |
Reinscripción |
$150.00 |
Cuatrimestralmente |
7 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$125.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$200.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$975.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$19.00 |
Cuatrimestralmente |
8 |
Seminario de Tesis |
$120.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 10 (1 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.B) EXTRANJEROS (EXCLUSIVAMENTE ECUADOR):
II.3.B.I) Licenciaturas, excepto Derecho:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$158.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$189.00 |
Mensualmente |
36 |
Reinscripción |
$79.00 |
Cuatrimestralmente |
8 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$85.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$160.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$788.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$20.00 |
Cuatrimestralmente |
9 |
Seminario de Tesis |
$200.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.B.I.2) Licenciatura en Derecho:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$263.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$341.00 |
Mensualmente |
40 |
Reinscripción |
$79.00 |
Cuatrimestralmente |
9 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$85.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$160.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$998.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$20.00 |
Cuatrimestralmente |
10 |
Seminario de Tesis |
$200.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.II) Maestría:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$263.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$341.00 |
Mensualmente |
15 |
Reinscripción |
$79.00 |
Trimestralmente |
4 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$110.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$185.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$998.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$20.00 |
Trimestralmente |
5 |
Seminario de Tesis |
$250.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 4 (3 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
II.3.A.III) Doctorado:
Concepto: |
Importe en Dólares Americanos: |
Periodicidad: |
Frecuencia: |
Inscripción |
$315.00 |
Al ingreso o re-ingreso |
Ordinariamente 1 |
Colegiatura |
$473.00 |
Mensualmente |
32 |
Reinscripción |
$158.00 |
Cuatrimestralmente |
7 |
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención |
$135.00 |
Al concluir sus créditos |
Ordinariamente 1 |
Certificación para Titulación |
$220.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Titulación |
$1024.00 |
Al concluir sus créditos |
1 |
Cuota SEP |
$20.00 |
Cuatrimestralmente |
8 |
Seminario de Tesis |
$120.00 cada uno |
Al concluir sus créditos y titularse por Tesis |
Hasta 10 (1 meses cada uno) |
Gastos de envío |
De acuerdo a cada caso |
Para recibir o enviar documentos físicos originales necesarios |
Los necesarios |
Estos precios estarán en vigor únicamente durante los primeros doce (12) meses-calendario en que “EL ALUMNO” se encuentre cursando el programa al que se haya inscrito; pues a partir del mes trece (13), acepta que los importes se elevarán un siete (7%) por ciento, continuando dicho aumento de manera sucesiva, año tras año, hasta la conclusión del programa académico. “IEXE Universidad” realizará el ajuste automáticamente, comunicándoselo a “EL ALUMNO” para que lo pague bajo la nueva tarifa conforme a los agentes de “IEXE Universidad” se lo requieran.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que, cuando se tenga duda sobre la nacionalidad y/o lugar de residencia de “EL ALUMNO”; se tomará como exclusiva referencia el lugar desde donde efectivamente se efectúe u ordene el pago. Por lo que, si “EL ALUMNO” efectúa, ordena, gestiona o incluso manda o delega el pago dentro del territorio de cualquier entidad federativa de la República Mexicana, se considerará Nacional; fuera de dichos territorios, se considerará Extranjero.
“EL ALUMNO” comprende que las varianzas en los precios establecidos a partir de la nacionalidad y/o residencia, atiende al criterio objetivo de complejidad procedimental interna, que debe ser sufragada para el adecuado y estandarizado disfrute del servicio ofertado.
Si “EL ALUMNO” incumple con cualquiera de los pagos de los conceptos anteriormente señalados, “IEXE Universidad” podrá implementar como medida provisional o definitiva para obtener el pago, el bloqueo al efectivo acceso a la plataforma donde se cursa el Programa en el que se encuentre inscrito. Tampoco se podrán emitir constancias o accesorios, hasta que cubra los saldos pendientes.
Los únicos reembolsos que, de manera proporcional procederán, son los correspondientes a los pagos realizados por concepto de Colegiaturas, siempre que se hayan pagado puntualmente y no haya transcurrido más de diez (10) días del mes calendario en curso en que, de manera efectiva se concluya con el procedimiento de baja establecido en el Reglamento relativo.
Para el caso de pagos en exceso o si al terminar el ciclo escolar queda un saldo a favor de “EL ALUMNO”, éste saldo se quedará en el estado de cuenta para utilizarse en el siguiente periodo y así sucesivamente hasta que se agote en las cuotas, tasas o tarifas que deba de cubrir.
II.4.) CONCEPTOS Y PLAZOS DE PAGO:
Los conceptos anteriores, se refieren a los que, de manera necesaria, insoslayable, ineluctable, y que se considerará como estrictamente obligatorios de cubrir por “EL ALUMNO” en vista la celebración de este acto jurídico, son los siguientes:
-
Inscripción, es la cuota que “EL ALUMNO” debe satisfacer cuando ingrese por primera vez a cualquiera de los Programas que “IEXE Universidad” oferta; o bien, cuando después de haberse dado de baja, incluso temporal, re-ingrese al mismo o a otro Programa; siendo indistinto el tiempo transcurrido entre la baja y su re-ingreso;
-
Colegiatura. Es la única contraprestación cuyo monto total de forma ordinaria, se divide en el número de parcialidades señalado en el apartado de “Frecuencia” de la cláusula anterior, para cubrirse de manera mensual, a lo largo del número de meses calendario establecido precisamente en el referido apartado; a más tardar los días cincos (05) de éstos. Estableciéndose que, en caso de ser inhábil, no laborable o que haya ausencia de servicios bancarios para “EL ALUMNO”, siempre deberá de liquidar su parcialidad el día anterior a que corresponda. Prestación que, ante los sistemas de las Instituciones de Crédito, Intermediación, Bursátiles, siempre deberá de quedar reflejada a más tardar dicho día del mes, pues de lo contrario se considerará que incurre en mora;
-
Reinscripción es el pago que, de manera cuatrimestral (para las Licenciaturas y Doctorados) o trimestral (para las Maestrías), “EL ALUMNO” deberá cubrir a más tardar un día hábil antes de iniciar su nuevo periodo académico (Cuatrimestre o Trimestre, según sea el caso). Concepto que, bajo ninguna circunstancia estará sujeto a beneficio alguno;
-
Derechos por Examen Profesional o Dictaminación para su Exención, es la tarifa que “EL ALUMNO” debe satisfacer para: que “IEXE Universidad” celebre el acto formal (apoyándose en medios virtuales o TIC’s para su desahogo), por medio del cual el personal facultado para tal efecto, presencie, discierna y evalúe la preparación profesional de “EL ALUMNO”, con el fin de constatar y justificar su merecimiento al Título o Grado Profesional que cursó conforme al marco normativo en México; o, encontrándose “EL ALUMNO” en el supuesto en que amerite la exención del Examen Profesional, que el personal facultado así lo dictamine. Hasta que se produzcan en ambos casos, como productos procedimentales, las Actas que se requieren para el inicio de la Titulación.
-
Certificación para titulación, es la cuota única conformada por: los derechos que, como contribuciones se deben de enterar durante la expedición del documento que acredita que “EL ALUMNO” ha cursado y aprobado la totalidad de los créditos que conforman el plan de estudios correspondiente, incluyendo los pre-supuestos procedimentales como el servicio social y los seminarios de proyecto de tesis en su caso; así como los gastos y costas que se deben satisfacer, por la diligenciación de los procedimientos para la obtención y legalización del mismo. Debiéndose haber cubierto para iniciar el proceso que tiene como producto la documental pública avalada por la Autoridad Educativa, y en los casos en que aplique legalizada por el Gobierno del Estado de Puebla a favor de “EL ALUMNO”, que certifica la conclusión del Programa, y que conforma un requisito sine qua non para su Titulación.
-
Titulación, es la cuota conformada por: los derechos que, como contribuciones se deben de enterar a la Autoridad Educativa por la expedición del documento que acredita el Título o Grado de “EL ALUMNO” ante el Sistema Educativo Nacional; así como los gastos y costas que se deben satisfacer, por la diligenciación de los procedimientos para la obtención del mismo. Debiéndose haber cubierto para iniciar el proceso que tiene como producto el documento expedido por la Autoridad Educativa, a favor de “EL ALUMNO” que haya concluido los estudios correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de conformidad con el marco normativo en México;
-
Cuota SEP, es la tarifa conformada por: los derechos que, como contribuciones se deben de enterar a la Autoridad Educativa por la inscripción y/o re-inscripción de “EL ALUMNO” a cada uno de los Programas Académicos a que se refiere la matriz de la declaración “I.2.)” del presente que curse, en cada uno de los periodos que comprende dicho; así como los gastos y costas que se deben satisfacer, por la diligencia de los procedimientos para el cumplimiento de esa obligación fiscal; debiéndose cubrir a más tardar un día hábil antes de iniciar su nuevo periodo académico (Cuatrimestre o Trimestre, según sea el caso). Concepto que, bajo ninguna circunstancia estará sujeto a beneficio alguno;
-
Seminario de Titulación, es la cuota que “EL ALUMNO” que no obtenga su grado académico a través de la modalidad de aprovechamiento académico (automática por promedio igual o superior a nueve punto cero cero [9.00] de calificación final global total), en los Programas que expresamente prevean esta; debe de cubrir a “IEXE Universidad”, por cada uno de los lapsos concretos de tiempo que le tome concluir el efectivo desarrollo de su Tesis, durante todo el tiempo que demore en alcanzar la aprobación correspondiente en su Examen Profesional. Estos lapsos de tiempo varían de tres meses (para Licenciatura y Maestría), y un mes (para Doctorado), y el número de seminarios se determinan atendiendo el efectivo avance de “EL ALUMNO” en su Tesis, sustentado por el Asesor designado para tal efecto por “IEXE Universidad”. “EL ALUMNO” sometido a graduación por Tesis, invariablemente deberá sufragar al menos un Seminario de Tesis. A solicitud expresa de “EL ALUMNO”, el personal competente de “IEXE Universidad” podrá determinar algún beneficio en descuento, atendiendo a las condiciones del promovente así como antecedentes académicos; e,
-
Gastos de envío, son los importes que “EL ALUMNO” debe de sufragar sin la posibilidad de ninguna clase de financiamiento por parte “IEXE Universidad”, para la transmisión, recepción, envío, despacho, porte, transporte, traslado o cualquier otro necesario; para la efectiva entrega de los documentos originales que su proceso de inscripción, reinscripción, certificación, examinación, titulación, graduación, o atención de cualquier solicitud, así lo requieran. “IEXE Universidad” se obliga a generar o requerir estos gastos solo en los casos indispensables.
“EL ALUMNO” podrá optar por administrar por sí, toda la logística que traiga aparejada su envío; o enterar a “IEXE Universidad” el importe que esta le indique, el cual se calculará de la siguiente manera: importe a pagar por “EL ALUMNO” (representado “ImpAL”), es igual al precio o costo total que el servicio de mensajería y/o paquetería que “IEXE Universidad” determine (representado “Cost”), más el veinte por ciento (20%) de su valor bruto, por concepto de gastos de maniobras (representado “Mani”); expresándose en la siguiente fórmula:
ImpAL = Cost + Mani
Se hace hincapié que, para llevar a cabo el cumplimiento de lo establecido en el objeto del presente instrumento, sólo los anteriores conceptos son exigibles para “EL ALUMNO” en su carácter de destinatario del servicio educativo que en este acto contrata. Cualquier otro elemento, factor, componente, producto, servicio, documento o complemento, no es necesario para que “EL ALUMNO” disfrute del servicio educativo objeto del presente.
Por lo anteriormente expuesto y pactado, cualquier otro elemento, factor, componente, producto, servicio, documento o complemento de “IEXE Universidad”; será generado, producido, realizado, gestionado y/o diligenciado por solicitud expresa de “EL ALUMNO”. Desde este momento, se fija como precio universal unitario para la atención a cualesquier solicitud de “EL ALUMNO”, distintas de las estrictamente inherentes y necesarias para que goce y disfrute del servicio educativo que contrata; tales como: constancias, certificados parciales, legalizaciones, credenciales, reposiciones, materiales, módulos de eventos, participaciones, envíos, recepciones, etcétera; el que se indica a continuación:
Importe |
Concepto |
$1,000.00 (mil pesos mexicanos) o $100.00 (cien dólares americanos), según su nacionalidad |
Por la atención, desahogo o ejecución de cada elemento unitario que implique su Solicitud, que no tenga un costo o precio previamente establecido. |
Aclarándose que, aunque se trata del precio unitario, una solicitud de “EL ALUMNO” y su debida atención, puede traer aparejada diversos elementos, módulos o componentes, que se calcularán de manera unitaria conforme esta base.
“IEXE Universidad” se obliga a no requerir o cobrar mayores elementos, módulos, componentes o unidades que aquellas que sean estrictamente indispensables para atender satisfactoriamente la solicitud de “EL ALUMNO”.
En cualquier caso, se le notificará a “EL ALUMNO”, el importe exacto que, para atender a su solicitud deberá de pagar.
“IEXE Universidad” implementará Becas y Descuentos a favor de “EL ALUMNO” sobre el monto total a pagar por su solicitud, de acuerdo a la naturaleza de éstas.
Por lo anterior, “EL ALUMNO” queda obligado a pagar en tiempo y forma las contraprestaciones y demás contribuciones que se causen por el Servicio Educativo. Por lo cual, se obliga de forma inexcusable a:
-
Pagar las tasas y tarifas correspondientes a sus colegiaturas, dentro de los primeros cinco (05) días naturales de cada mes calendario, durante todo el plazo en que se encuentre cursando el programa al que se refiera “LA SOLICITUD” o mínimo, el número de meses indicado en la cláusula relativa en el apartado de “Frecuencia”;
-
Pagar las tasas y tarifas correspondientes a su re-inscripción, al menos un día hábil antes del inicio de su siguiente periodo del programa al que se refiera “LA SOLICITUD” y mínimo, el número de meses indicado en la cláusula relativa en el apartado de “Frecuencia”; y,
-
Pagar las tasas y tarifas correspondientes a la Cuota SEP, dentro de los primeros treinta (30) días naturales correspondientes a cada uno de los trimestres o cuatrimestres que dure su cursamiento en el programa al que se refiera “LA SOLICITUD” o mínimo, el número de meses indicado en la cláusula relativa en el apartado de “Frecuencia”.
Queda expresamente establecido que, si “EL ALUMNO” efectúa sus pagos fuera de los plazos señalados, se causarán de maneara automática recargos por pagos tardíos. A menos que, antes de fenecido el término, solicite formalmente prorroga, en cuyo caso tendrá derecho a solo dos (02), y no se podrá celebrar otra hasta que liquide el importe adeudado.
II.5 BIS.) MORA E INCUMPLIMIENTO DE “EL ALUMNO”:
En caso de no cumplir con los pagos de las Colegiaturas en tiempo y forma, el importe que deba de pagarse le generará a cargo de “EL ALUMNO” intereses moratorios a partir de la fecha de vencimiento (seis de cada mes sin que se haya verificado el pago).
El porcentaje de interés mensual es del DIEZ POR CIENTO (10%), que se generará hasta el día de la satisfacción del pago inclusive.
Los procedimientos de baja (cualquiera que sea el tipo o la causa) o cualquiera que traiga aparejada la terminación anticipada del servicio educativo que por este medio se contrata, causará UN SOLO concepto unitario en los términos de la última parte de la cláusula anterior; es decir, invariablemente las bajas o cualquier otro acto que traiga aparejada la terminación anticipada del servicio educativo a que se refiere el presente, generará un cargo de $1,000.00 (un mil pesos mexicanos, para nacionales mexicanos) o $60.00 (sesenta dólares americanos para extranjeros, precisamente por Baja de “EL ALUMNO”; la cual se aclara, generará la obligación de dicho pago desde el mismo momento que la solicite, sin que se pueda dispensar de forma alguna. Sin embargo, aún en estos casos, “IEXE Universidad” podrá extender descuento o beneficio reductivo a favor de “EL ALUMNO”.
En caso de que “IEXE Universidad” considere que existe cualquier clase de incumplimiento por parte de “EL ALUMNO” a estas obligaciones, le contactará por el medio más ágil a su alcance para informarle, dándole oportunidad para que presente pruebas o argumentos a su favor; por lo que “EL ALUMNO” se obliga a brindarlas sin demora, so pena de tener por admitidos los incumplimientos que se le imputen, de no producirse contestación dentro de los dos días naturales siguientes a aquél en que se le notificó. Si los incumplimientos fueran de naturaleza tal, que de acuerdo a lo pactado en el presente así como en los Reglamentos Internos de “IEXE Universidad” fuere imposible, inviable, o desventajoso y lesivo para “IEXE Universidad” continuar con la relación, se dará de Baja a “EL ALUMNO”, generándose la cuota a que se refiere el párrafo anterior.
II.6.) BECAS:
Para llevar a cabo sus actividades académicas y formativas con los niveles de excelencia que lo caracterizan, “IEXE Universidad” cuenta con programas de apoyos educativos para ayudar económicamente a los alumnos que tienen las habilidades necesarias para cursar exitosamente sus estudios y que cumplen con los requisitos establecidos en dichos programas.
Estos apoyos se efectuarán a través de una Beca. “LAS PARTES” definen a esta, como la exención del pago total o de un porcentaje de las contraprestaciones a cargo de “EL ALUMNO” establecidas en la cláusula “II.4.) CONCEPTOS Y PLAZOS DE PAGO” exceptuando expresamente a aquellas que tienen el carácter de contribuciones en sus definiciones, sin ningún compromiso de retribución posterior por parte de “EL ALUMNO”.
Cada programa cuenta con un presupuesto limitado para la asignación de becas a los alumnos que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos; para cada uno de los programas, “IEXE Universidad” habilitará a los órganos colegiados responsables de la revisión y evaluación de las solicitudes de becas, así como la asignación de becas; cuyos titulares serán invariablemente miembros de la Vicerrectoría de Finanzas y Administración.
“EL ALUMNO” podrá beneficiarse de una sola Beca, reconociendo que de ninguna manera, ni bajo ninguna circunstancia, serán acumulables con otras o cualesquier otro beneficio establecido para tal efecto; no obstante, de ser el caso, siempre podrá elegir la Beca que mejor convenga a sus intereses en los casos en que se coloque en alguna hipótesis que, de hecho más no de derecho, hagan que se acumulen. Ninguna Beca, descuento o beneficio pueden hacer posible la disminución de las contribuciones que “EL ALUMNO” deba enterar; cualquier oferta o información que si quiera insinúe lo anterior, deberá de ignorarla y desecharla de plano; se establece como contribución particular de esta clase, todos los importes que se ubiquen bajo el concepto o definición de “Cuota SEP”; además de las Reinscripciones, donde por ningún motivo se autoriza beneficio alguno.
La convocatoria que incluye los requisitos para participar, es publicada en el sitio oficial de “IEXE Universidad”, y en casos especiales, es difundida por medios electrónicos, telefónicos o de manera presencial. La asignación de becas se realiza en apego a criterios objetivos directamente relacionados con capacidades académicas, de puntualidad en los pagos o efectuarlos dentro de los plazos señalados para tales efectos, conforme a convenios realizados con instituciones públicas, privadas y sociales, y en cumplimiento con las propias bases que se desprendan de la convocatoria; ciñéndose a lo señalado en ésta y en el presente.
“EL ALUMNO” al que se le haya concedido una beca la mantendrá en los términos de la convocatoria relativa, teniendo la obligación de realizar los siguientes actos posteriores para mantenerla:
- Pagar en tiempo y forma, conforme a lo establecido en el presente;
- Mantener actualizados sus datos en plataforma, particularmente: nombre completo y correcto, correo electrónico, teléfonos de contacto y domicilio; y
- No incurrir en ningún acto deshonesto o lesivo contra “IEXE Universidad” y en general la comunidad universitaria; particularmente, pretender acumular porcentajes de descuento, práctica o beneficio que se aclara categóricamente, está prohibido.
En su caso, “EL ALUMNO” será informado oportunamente sobre la determinación de la Beca si le favorece o no le favorece; una vez asignada la Beca, deberá de confirmar que acepta el apoyo educativo otorgado mediante la realización del pago de la proporción que le corresponda a más tardar, tres (03) días hábiles posteriores a la fecha de la notificación, si en la convocatoria o en la notificación de la determinación no se notifica otro término; de lo contrario, se dará por cancelado el apoyo asignado.
Se entenderá por cancelación de la beca, al acto que interrumpe de manera definitiva del apoyo, por causas diferentes a las de su terminación natural u ordinaria; siendo estas:
- El incumplimiento a lo dispuesto por la convocatoria de la cual derive;
- La falta grave al Reglamento Interno;
- Impuntualidad, atraso o cualquier conducta que constituya mora en los pagos, salvo que se convenga expresa, formal y específicamente con “IEXE Universidad”; o,
- La inobservancia de lo establecido en el presente instrumento.
Cuando por causa de fuerza mayor, “EL ALUMNO” haya sido beneficiado con un programa de becas, y se vea en la necesidad de suspender sus estudios, deberá solicitar el mantenimiento de su beca para un solo periodo posterior en la Dirección de Atención a Alumnos. En caso de requerir la extensión por un periodo adicional, deberá promover la solicitud correspondiente con al menos diez (10) días de anticipación.
En caso de que “EL ALUMNO” suspenda su inscripción o reinscripción sin previo aviso a la Dirección de Atención a Alumnos, su beca será cancelada. En todos los casos, su readmisión estará sujeta al cumplimiento del Reglamento Interior vigente, así como al de estas condiciones.
Los porcentajes, proporciones, tasas, y montos de Beca, se restarán de cada uno de los conceptos señalados en el presente instrumento.
“EL ALUMNO” podrá conocer los beneficios temporales o permanentes que a través de la Beca o cualquier otro mecanismo se le haya favorecido, por medio de su plataforma de estudios a través de un banner informativo, por correo electrónico, llamada telefónica o mensaje de WhatsApp de su Asesor Financiero.
“IEXE Universidad” le informará a “EL ALUMNO” de sus beneficios; para una mejor interpretación, la información que al respecto reciba constituirá un Addendum o Convenio Modificatorio al presente Contrato con todos los efectos jurídicos inherentes, sin necesidad de ninguna otra formalidad. La modificación sólo se entenderá realizada, única y exclusivamente, sobre los aspectos financieros que expresa e inequívocamente se refiera el mensaje; no aplicará ningún tipo de interpretación extensiva. En caso de duda, el titular de la Vicerrectoría de Finanzas y Administración emitirá circular que establezca de modo definitivo e inexcusable para “IEXE Universidad” los beneficios que deba de gozar “EL ALUMNO”.
II.6.BIS.) LÍMITES DE LOS DESCUENTOS Y BENEFICIOS:
Los beneficios y descuentos que otorgará “IEXE Universidad” no se aplicarán, tendrán efectos, se referirán o continuarán, en los siguientes casos:
- En las cuotas, tasas o tarifas de otros conceptos, distintos a la colegiatura e inscripción. En casos extraordinarios, podrá referirse a la titulación;
- No podrá combinarse o agregarse a otra promoción y/o descuentos especiales;
- Si “EL ALUMNO” no entrega la documentación que le requiera “IEXE Universidad” para conformar su expediente académico, pese a las prórrogas que se le hubieren autorizado, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquel en que “IEXE Universidad” se los requiera de manera definitiva;
- Cuando “EL ALUMNO” incurra en mora o incumplimiento, sin haber celebrado convenio expreso y específico con “IEXE Universidad”; y,
- En lo que respecta a las Becas para Colegiaturas, de ninguna manera, ni bajo ninguna circunstancia “EL ALUMNO” gozará un porcentaje mayor a los referidos a continuación; cualquier oferta o información que si quiera insinúe lo contrario, deberá de ignorarla y desecharla de plano; por lo que desde este momento las partes pactan expresamente, que no existirá causa legítima, bajo ningún supuesto, que justifique, valide, apruebe, convalide, acepte o “IEXE Universidad” se someta a recibir cualquier cantidad que represente un importe al que se le haya realizado un descuento o deducción superior a los siguientes:
Inscripción |
Nivel educativo: |
Monto máximo posible |
Licenciatura |
65% |
Maestría |
75% |
Doctorado |
60% |
Colegiatura Nacional |
Nivel educativo: |
Monto máximo posible |
Licenciatura |
80% |
Maestría |
80% |
Doctorado |
75% |
Colegiatura Internacional |
Nivel educativo: |
Monto máximo posible |
Licenciatura |
80% |
Maestría |
80% |
Doctorado |
75% |
Colegiatura Exclusiva (Ecuador) |
Nivel educativo: |
Monto máximo posible |
Licenciatura |
40% |
Maestría |
80% |
Doctorado |
75% |
Diplomados |
Precio |
Monto máximo posible |
Cualquier diplomado |
40% |
Másters (Nacional) |
Precio |
Monto máximo posible |
Cualquier master |
40% |
El establecimiento de estos porcentajes, no significa que “IEXE Universidad” esté obligada o tenga las posibilidades de brindarlos, de manera específica, a favor de “EL ALUMNO”; pues como se ha establecido en la cláusula precedente, se cuenta con un presupuesto limitado para la asignación de Becas. Por lo que las Becas que en su caso llegan a consistir en los porcentajes aquí señalados, son extraordinariamente especiales, reservadas para las personas con perfiles de vulnerabilidad o desventaja económica más extremos, que acreditan reunir condiciones exclusivas de aprovechamiento y/u oportunidad académica, valoradas objetivamente por un Consejo Multidisciplinario mediante la Convocatoria relativa.
Por lo que la presente se deberá de interpretar exclusivamente como una medida limitante, creada para definir objetiva y equitativamente la circunscripción general de los beneficios y/o descuentes que “IEXE Universidad” está en aptitud de reconocerle a “EL ALUMNO”.
En cualquier caso, el porcentaje, monto, proporción, valor o tasa con el que se favorezca a “EL ALUMNO” le será señalada por el personal competente de “IEXE Universidad” en el Acuse de “LA SOLICITUD”.
II.7.) FORMALIDADES PARA EL PAGO:
“EL ALUMNO” acepta que queda obligado, so pena de perder los pagos que hubiere realizado, a observar las siguientes formalidades:
-
Observar y usar los conceptos de pago: Inscripción, Re-inscripción, Colegiatura y Cuota SEP y gastos administrativos;
-
Enviar, junto con su comprobante de pago en su caso, la referencia bancaria relativa;
-
Constatar y verificar, antes de efectuar el pago, que la referencia es correcta y que es la que, de manera individual se le asignó; quedando expresamente prohibido usar fichas de pago que son descargadas de la plataforma de terceras personas y que no corresponden a la propia;
-
Una vez que llegaron a su término, fenecieron o fueron generadas nuevas, no usar fichas, códigos o ligas de pago previas; y,
-
Queda igualmente prohibido efectuar pagos incompletos o cualquiera que actualice el pago en parcialidades o diferido; en el caso de pagos extemporáneos, que se realicen sin enterar los accesorios (recargos) correspondientes, salvo que exista convenio debidamente formalizado con “IEXE Universidad”;
II. 8.) MEDIOS Y PROCEDIMIENTOS DE PAGO:
“EL ALUMNO” está consciente desde este momento que, el pago efectuado a través de cualesquier Plataforma Electrónica mencionada a continuación, trae aparejada una Comisión establecida exclusivamente por el operador de dichas, como tercero ajeno e independiente a “IEXE Universidad”, equivalente al quince por ciento (15%).
En este sentido, “EL ALUMNO” se compromete a verificar las demás comisiones, cargos y accesorios que, los operadores de los medios de pago establezcan, y sobre los cuales “IEXE Universidad” no tiene ninguna injerencia o responsabilidad, por lo que ningún descuento o beneficio otorgado por la Institución, comprenderá, se referirá o afectará dichos accesorios, siendo “EL ALUMNO” el único responsable de satisfacerlos.
II.8.A.) En establecimientos participantes:
- Proveedor o intermediario de pago: PayU.
- Oxxo, 7Eleven, Farmacias del Ahorro, Farmacias Benavides, BBVA
- Proveedor o intermediario de pago: Stripe.
- Oxxo
- Proveedor o intermediario de pago: e-Payouts.
- Los establecimientos dependerán del país de residencia.
II.8.A.I.) Procedimiento:
- Ingresar a la plataforma de estudios de “IEXE Universidad”;
- Dar clic en el botón "Centro de pagos";
- Seleccionar los conceptos a pagar;
- Generar la ficha de pago en PDF;
- Acudir al establecimiento seleccionado, presentar el código de barras y realizar el pago correspondiente;
- Una vez hecho el pago, “EL ALUMNO” deberá enviar una copia de su pago al Asesor Financiero o Consejera de Atención a Alumnos, para el registro correspondiente; y,
- En un lapso de 24 a 48 horas su pago deberá estar reflejado en su historial de pagos dentro de su plataforma de estudios.
II.8.B.) Electrónicos:
- Proveedor o intermediario de pago: PayU.
- Tarjetas de crédito y débito Visa, MasterCard y American Express.
- Proveedor o intermediario de pago: Stripe.
- Tarjetas de crédito y débito Visa, MasterCard y American Express.
- Proveedor o intermediario de pago: PayPal.
- Tarjetas de crédito y débito Visa, MasterCard y American Express.
- Proveedor o intermediario de pago: GetNet.
- Tarjetas de crédito y débito Visa y MasterCard (No aplica American Express).
II.8.B.I.) Procedimiento:
- Ingresar a la plataforma de estudios;
- Dar clic en el botón "Centro de pagos";
- Seleccionar los conceptos a pagar;
- Llenar los datos de la tarjeta que se solicitan y proceder con el pago;
- Una vez hecho el pago, se envía una copia de su pago al asesor financiero o consejera de atención a alumnos para el registro correspondiente;
- En un lapso de 24 a 48 horas su pago deberá estar reflejado en su historial de pagos dentro de su plataforma de estudios;
II.8.C.) BANCARIOS NACIONALES:
II.8.C.I.) Santander
-
Ventanilla Santander (Cuenta principal):
Beneficiario: Institute For Executive Education S.C.
Convenio: 1230
Cuenta: 22-00064983-3
Referencia (única por alumno): “EL ALUMNO” deberá de consultar con su Asesor Financiero o en el apartado de “Centro de Pagos”.
-
Transferencia Electrónica de Fondos Santander (cuenta principal):
Beneficiario: Institute For Executive Education S.C.
Clabe: 014650220006498337
Convenio: 1230
Referencia (única por alumno): “EL ALUMNO” deberá de consultar con su Asesor Financiero o en el apartado de “Centro de Pagos”.
-
Ventanilla Santander (Cuenta secundaria)
Beneficiario: Institute For Executive Education S.C.
Convenio: 1230
Cuenta: 65-50692497-8
Referencia (única por alumno): “EL ALUMNO” deberá de consultar con su Asesor Financiero o en el apartado de “Centro de Pagos”.
-
Para Transferencia Electrónica de Fondos Santander (Cuenta secundaria)
Beneficiario: Institute For Executive Education S.C.
Clabe: 014650655069249787
Convenio: 1230
Referencia (única por alumno): “EL ALUMNO” deberá de consultar con su Asesor Financiero o en el apartado de “Centro de Pagos”.
II.8.C.III.) Afirme
- Ventanilla AFIRME
Beneficiario: Institute For Executive Education S.C.
Número de cuenta: 144131746.
Concepto: Matricula y periodo.
Referencia (única por alumno): “EL ALUMNO” deberá de consultar con su Asesor Financiero o en el apartado de “Centro de Pagos”.
- Transferencia Electrónica de Fondos AFIRME
Beneficiario: Institute For Executive Education S.C.
Clabe interbancaria: 062650001441317464.
Concepto: Matricula y periodo.
Referencia (única por alumno): “EL ALUMNO” deberá de consultar con su Asesor Financiero o en el apartado de “Centro de Pagos”.
II.8.C.IV.) Procedimiento:
- Ingresar a la plataforma de estudios;
- Dar clic en el botón "Centro de pagos";
- Obtener la referencia que es única y personal;
- Efectuar u ordenar el pago en la Institución Bancaria;
- Una vez hecho el pago, se envía una copia de su pago al asesor financiero o consejera de atención a alumnos para el registro correspondiente; y,
- En un lapso de 24 a 48 horas su pago deberá estar reflejado en su historial de pagos dentro de su plataforma de estudios.
II.8.D.) BANCARIOS EXTRANJEROS:
II.8.D.I.) Para Transferencia Electrónica de Fondos AFIRME
- Banco intermediario o corresponsal: Deutsche Bank Trust Company Americas
- Plaza: New York, USA
- SWIFT Banco Intermediario: BKTRUS33XXX
- ABA Banco Intermediario: 021001033
- Banco Beneficiario: Banca Afirme S.A.
- Plaza: Monterrey, Nuevo León, México.
- SWIFT Banco Beneficiario: AFIRMXMTXXX
- Beneficiario Final (Cliente Afirme): INSTITUTE FOR EXECUTIVE EDUCATION SC
- Beneficiario Final Número de Cuenta CLABE: 062650001441310885
- Dirección beneficiaria: Boulevard Esteban de Antuñano 2702, ampliación reforma CP:72380
“EL ALUMNO” se obliga invariablemente a que, al momento de realizar transferencia desde el extranjero registre los datos del banco intermediario; pues de no hacerlo la transferencia será rechazada.
II.8.D.II.) Procedimiento:
- Ingresar a la plataforma de estudios;
- Dar clic en el botón "Centro de pagos";
- Obtener la referencia que es única y personal;
- Efectuar u ordenar el pago en la Institución Bancaria;
- Una vez hecho el pago, se envía una copia de su pago al asesor financiero o consejera de atención a alumnos para el registro correspondiente; y,
- En un lapso de 24 a 48 horas su pago deberá estar reflejado en su historial de pagos dentro de su plataforma de estudios.
II. 9.) FACTURACIÓN:
Para el caso en que “EL ALUMNO” requiera que se emita comprobante fiscal, acepta que queda obligado a:
- Solicitar su factura dentro del mes calendario en que realiza el pago. En su caso, dentro del último día hábil de éste; las solicitudes remitidas en los dos últimos días del mes, cuando cualquiera de estos sea inhábil o no laborable, se tendrán como no presentadas;
- Proporcionar de forma completa, correcta y oportuna sus datos fiscales, y en caso de ser necesario, su Constancia de Situación Fiscal; y,
- Recibir el comprobante en el correo electrónico indicado.
Una vez generado el comprobante o concluido el mes “EL ALUMNO” reconoce que ha perdido su derecho a que se le genere la factura correspondiente, y su pago se facturará al Público en General
II.10.) OBLIGACIONES GENERALES DE APROVECHAMIENTO DE “EL ALUMNO”:
“EL ALUMNO” en este acto manifiesta que ha leído, conoce y comprende el contenido y alcance del Reglamento Interno que al Programa de “LA SOLICITUD” por lo que, con la requisitación, selección del botón “Acepto el clausulado del Contrato de Prestación de Servicios Educativos” en la sección de la web de “IEXE Universidad” correspondiente de dicha o envío, acredita ante “IEXE Universidad” lo anterior y su consentimiento para someterse al mismo. Estableciéndose como principios rectores de su conducta y desempeño académico los siguientes:
- Ingresar regularmente a la plataforma;
- Ser participativo en los cursos en los que se inscriba;
- Mantener comunicación con los docentes a través de los canales institucionales;
- Ante cualquier duda, comentario, solicitud, sugerencia o inconformidad respecto al Servicio Educativo, y en general, la relación que del mismo se deduce, acudir en primera instancia con su consejera, designada al momento de su ingreso al programa a que se refiere “LA SOLICITUD”;
- Ser respetuoso y cordial con toda la Comunidad Universitaria, teniendo particular consideración con la persona designada como su consejera;
- Comunicarse, exclusivamente, dentro del horario de atención señalado en las declaraciones del presente;
II.11.) SERVICIO SOCIAL DE “EL ALUMNO”:
“EL ALUMNO” en este acto manifiesta que ha leído, conoce y comprende el contenido y alcance del Reglamento Interno que al Programa de “LA SOLICITUD” le resulta aplicable; por lo que, con la suscripción, presentación, envío o requisición de dicha, acredita ante “IEXE Universidad” lo anterior y su consentimiento para someterse al mismo. Estableciéndose como principios rectores de su conducta y desempeño académico los siguientes:
- Promoverlo una vez que cuente con el 80% de créditos plena y efectivamente inscritos y reportados ante la Autoridad Educativa;
- Cumplir con las 480 horas en el periodo mínimo de seis (06) meses con cinco (05) días y no mayor a (01) un año. Por lo que, de ninguna manera se aceptará ningún caso que implique una duración menor a los seis (06) meses con cinco (05) días en la prestación del servicio social;
- Realizarlo exclusivamente en Instituciones de carácter Público;
- Entregar en tiempo y forma su documentación original relativa, so pena de que las horas realizadas se declaren caducas;
- Si a consideración de “EL ALUMNO” fundado en la Legislación de la materia, éste se encuentra exento de la prestación del servicio social; se obliga a presentar las documentales vigentes y originales, que avalen que se encuentran dentro de las hipótesis señaladas en la Ley.
En caso de duda o para la aplicación de estas directrices y la reglamentación interna en la materia, prevalecerá invariablemente, lo dictaminado por el personal de la Vicerrectoría de Experiencia de Alumnos de “IEXE Universidad”, ante lo cual “EL ALUMNO” conviene en que no se opondrá, y ni siquiera obstaculizará su cumplimiento;
II.12.) REQUISITOS SINE QUA NON PARA LA TITULACIÓN O GRADUACIÓN DE “EL ALUMNO”:
Desde este momento “EL ALUMNO” está consciente y acepta que, para iniciar con el proceso para obtener el documento emitido por la Autoridad Educativa a su favor por el que se reconoce que ha concluido los estudios correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de conformidad con el marco normativo en México, del Programa Académico que haya cursado; constituyen requisitos sine qua non de la procedencia y validez de dicha solicitud que:
- Cumpla de manera estricta, sin lugar a dudas, con los requisitos acordes a la modalidad que elija para titularse o graduarse. Se le aclara a “EL ALUMNO” que la calificación para optar por la modalidad “por promedio” es fija e invariable, y sólo se calculará con base a las calificaciones efectivamente obtenidas en el Programa Académico de mérito. Queda absolutamente prohibido a “EL ALUMNO”, si quiera sugerir, cualquier clase de gestión o de operación tendiente a aumentar su calificación y/o promedio final con el fin de alcanzar esta modalidad; también le queda terminantemente prohibido demorarse más de un ciclo escolar para cumplir con lo que se haya solicitado cumplir o presentar para su titulación o graduación, so pena de perder la oportunidad de titularse por el medio elegido, sin posibilidad de volver a gestionar el mismo, por lo que forzosamente tendrá que optar por otro medio de titulación, al hacer caducado el proceso originalmente iniciado;
- Presentar sus documentos en tiempo y forma. Lo cual podrá constatar con la manifestación de la Autoridad Educativa, comunicada a través de “IEXE Universidad”;
- Haber aprobado el cien por ciento (100%) de las asignaturas del Programa que haya cursado;
- Encontrarse libre de cualquier adeudo o incumplimiento. Y en caso contrario, obtener la constancia de que ha quedado regularizado;
- Cubrir la tarifa relativa a la Titulación;
- En el caso de que “EL ALUMNO” sea extranjero, y pretenda el ejercicio profesional en los Estados Unidos Mexicanos; deberá obtener la revalidación de los antecedentes académicos y cumplir con la normativa aplicable a dicho ejercicio; particularmente el trámite de la Clave Única de Registro de Población, para naturalización. “EL ALUMNO” será responsable de desahogar los procedimientos administrativos necesarios por su cuenta; no obstante, “IEXE Universidad” podrá brindarle sus servicios de gestoría con un costo adicional e independiente al de los Servicios Educativos objeto del presente, el cual se establecerá de manera autónoma, separada y estrictamente voluntaria; y,
- Contar con la plena validación de su inscripción, carta de aceptación, carta de liberación, o en su caso carta de que está exento de la prestación del servicio social, en el caso de las Licenciaturas.
II.13.) DOCUMENTALES REQUERIDAS PARA LA TITULACIÓN DE “EL ALUMNO”:
Para que “EL ALUMNO” obtenga la documental de grado al que se inscribió, deberá de haber recibido notificación por parte de “IEXE Universidad” del inicio de dicho proceso, y presentar la misma documentación descrita para su inscripción, además de:
- Seis (06) fotografías tamaño credencial óvalo;
- Doce (12) fotografías tamaño infantil;
- Dos (02) fotografías tamaño título; y,
- Invariable y necesariamente, para cualquier Licenciatura no importando la nacionalidad o estatus de “EL ALUMNO”, la liberación de servicio social.
Las características y demás particularidades de las fotografías y la liberación, le serán notificadas institucionalmente a “EL ALUMNO”, quien, de forma estricta, cumplirá con las especificaciones que al respecto se le establezcan, siendo su absoluta responsabilidad tanto la calidad como cantidad y contenido de dichos elementos.
II.14.) CONDUCTAS PROHIBIDAS PARA “EL ALUMNO”:
Además de las conductas establecidas en el Reglamento Interno, “EL ALUMNO” acepta particularmente a las siguientes, como conductas intolerables e inadmisibles, que atentan contra la dignidad del personal de “IEXE Universidad” de manera inexcusable e injustificable:
-
Ejercer cualquier conducta lasciva o sexual; o que humillen, ofendan, intimiden o atenten contra la salud, la integridad, la dignidad, las oportunidades profesionales y los derechos humanos de cualquier miembro de la Comunidad Universitaria, y particularmente el personal de “IEXE Universidad”;
-
Intentar insistentemente comunicarse fuera del horario de atención con el personal de “IEXE Universidad”; esta hipótesis se refiere particularmente a los contactos telefónicos, sean exitosos o no, que medien entre las veintidós horas con cincuenta y nueve minutos (22:59) y las cero siete horas con cincuenta y nueve minutos (07:59);
-
Amenazar, ejercer presión o advertir de generar cualquier mal, menoscabo o disminución de derechos o valores, si no se realiza una determinada acción; independientemente de la naturaleza de una u otra, así como de si se consigue o no el objetivo. “EL ALUMNO” acepta expresamente que dentro de estas hipótesis se incluyen, incluso cualquier insinuación relativa a: darse de baja, dejar de cumplir con las obligaciones que en el presente o en cualquier otra normatividad de “IEXE Universidad” se establezca;
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Presentar información, datos o documentos apócrifos;
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Considerarse u ostentarse como regular a sabiendas de que no tiene dicho estatus, o sin que el personal facultado de “IEXE Universidad” se lo haya notificado de manera formal e institucional;
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Exigir constancias o certificados parciales o totales, siendo alumno irregular;
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Exigir, aceptar, obtener o pretender obtener, por sí (cualquier representante, miembro, funcionario o empleado) o a través de terceros; con motivo de la celebración del presente, sus beneficios y descuentos, tanto los mediatos como los inmediatos: cualquier remuneración, valor, bien, precio notoriamente inferior al que se tenga en el mercado, donación, servicio, dádiva, regalo y demás beneficios; para sí o para sus familiares (comprendidos en estos: al cónyuge o concubina(o), parientes consanguíneos y parientes civiles), o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que las personas antes referidas formen parte. Así como abstenerse de devolver cualquier pago que reciba por cualquier concepto relacionado a los beneficios y descuentos mediatos e inmediatos de este Contrato; y no informar a “IEXE Universidad” de tal incidencia; dentro de los tres (03) días naturales siguientes a su recepción;
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Fungir, o pretender fungir, como agente financiero, intermediario, representante, corresponsal, factor o mero depositario de cualquier cantidad o importe destinado a sufragar los servicios que “IEXE Universidad” oferta;
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Reservarse cualquier dato e información que el público, o cualquier consumidor de manera particular, le haya proporcionado y que tenga como destinataria a “IEXE Universidad”;
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Utilizar las atribuciones, facultades o influencia que tengan por razón de su empleo, cargo o comisión, para que de manera directa o indirecta condicionen el goce o disfrute de los beneficios del presente Contrato; y,
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La resistencia al cumplimiento, así como el propio incumplimiento constante y reiterado de las obligaciones establecidas en este instrumento.
Las anteriores, darán a “IEXE Universidad” la facultad para exigir la rescisión del presente Contrato, junto con el pago de las Penas Convencionales y/o el Pago de Daños y Perjuicios, según sea el importe que más convenga a sus intereses.
II.15.) RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS PARA EXTRANJEROS:
II.15.A.) Estudios que “IEXE Universidad” oferta:
“IEXE Universidad” oferta los planes y programas oficiales vigentes en los Estados Unidos Mexicanos (referido en el presente instrumento indistintamente como “México”), correlativos a:
- La Licenciatura o de “Tercer nivel de grado”, orientado a la formación básica en una disciplina o a la capacitación para el ejercicio de una profesión;
- La Maestría, “Cuarto nivel o de posgrado” o “Posgrado académico”; orientado a la formación académica y profesional avanzada e investigación en los campos humanísticos y científicos; y,
- El Doctorado, “Cuarto nivel o de posgrado” o “Posgrado PhD”; orientado a la formación académica y profesional avanzada e investigación en los campos humanísticos y científicos; que en la actualidad, es el más alto grado académico en México.
II.15.B.) Validez de Estudios:
Aunque conforme a la legislación mexicana obtenga reconocimiento de validez oficial de estudios, sobre el grado que en particular se inscriba; “EL ALUMNO” al celebrar el presente acto jurídico, y haberse inscrito efectivamente a alguno de los Programas Académicos con validez oficial que “IEXE Universidad” oferta, manifiesta y reconoce de manera plena e ilimitada para todos los efectos que de hecho y en derecho procedan; que de manera personal se ha informado, a través de los canales oficiales o institucionales de su país de origen, acerca del reconocimiento, validez, revalidación y/o equivalencia de los estudios, títulos y grados en modalidad en línea o a distancia realizados u obtenidos en México, pueden tener en su país de origen y/o ante el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación superior en su Estado. Por lo que “IEXE Universidad” no tendrá ninguna responsabilidad sobre este respecto.
Las únicas responsabilidades de “IEXE Universidad” relacionadas al reconocimiento, validez, revalidación y/o equivalencia de los estudios, títulos y grados en modalidad en línea o a distancia realizados u obtenidos en México, y/o cualquier otra prerrogativa, derecho o facultad para que el “EL ALUMNO” como titular de dichos, obtenga los mismos derechos que se tienen por la obtención de un título similar en su país de origen será lo conducente a acreditar:
- La autenticidad de la documentación que expida;
- El nivel de formación al que corresponde el título o grado académico, con base a la documentación prevista por la Secretaría de Educación Pública, y cualquier otra que, de carácter interno dentro de sus facultades de Institución Particular de Educación Superior perteneciente al Sistema Educativo Nacional Mexicano, tenga a bien expedir;
- El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de “IEXE Universidad” en México, cuando el Programa Académico a que se haya inscrito cuente con éste; y,
- El tiempo de duración y la modalidad de los estudios.
II.15.B.1) Limitación de validez en la República del Ecuador de los Doctorados:
“EL ALUMNO” de nacionalidad, residencia, estancia, ubicación o que pretenda que los estudios cursados en “IEXE Universidad” le sean reconocidos, validados, revalidados, sean equivalentes y/o cualquier otra prerrogativa, derecho o facultad consistente en que el “EL ALUMNO” como titular de dichos, obtenga los mismos derechos que se tienen por la obtención de un título o grado similar, en la República de Ecuador; sabe y está consciente que el órgano encargado de la Educación en dicho Estado, no reconoce o acepta como viables para obtener dichos efectos, a los Programas de Doctorado cursados en línea; por lo que, visto lo declarado en el “I.3.) Idoneidad y Capacidad de “IEXE Universidad”” del presente documento, existe legal presunción (que no admite prueba en contrario) de que el título o grado de Doctor(a) obtenido en “IEXE Universidad”, sólo podrá tener reconocimiento en los Estados Unidos Mexicanos. Haciéndose un hincapié general de que “IEXE Universidad” no tendrá responsabilidad u obligación alguna relacionada al reconocimiento de los estudios que imparte por otras jurisdicciones.
II.15.C.) Declaración Unilateral de la Voluntad sobre los estudios en México:
Considerando lo anterior, “EL ALUMNO” con la suscripción, presentación y envío de “LA SOLICITUD”, hace suya la siguiente manifestación; y solicita que se tenga por hecha por él, como Declaración Unilateral de la Voluntad acerca de los estudios que, en su caso, cursará y acreditará en “IEXE Universidad”:
Por medio del presente, solicito la Admisión al Programa Académico señalado en “LA SOLICITUD”, estudios que, comprendo y acepto, han sido aprobados por las Autoridades Educativas Mexicanas, para obtener la validez oficial del grado o nivel de estudios de: Licenciatura, Maestría o Doctorado (según el contenido de “LA SOLICITUD”), únicamente en los Estados Unidos Mexicanos.
Por así convenir a mis particulares intereses, es mi voluntad inscribirme para cursar estos estudios, sin que estén incorporados o sancionados por ningún organismo del Sistema de Educación de mi país de origen. Pues sé y me consta, que el programa educativo al que aspiro cuenta con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) que otorga la Secretaría de Educación Pública (SEP); la cual es autoridad educativa competente en los Estados Unidos Mexicanos para avalar los estudios que solicito.
No obstante lo anterior, manifiesto que de igual manera conozco las prerrogativas, obligaciones y salvedades establecidas por la normatividad sobre Títulos y Grados Académicos obtenidos en Instituciones Extranjeras de mi país de origen, particularmente en lo que respecta a los títulos obtenidos en las modalidades en línea o a distancia, de carácter Privado en México, así como el grado de comparación, equivalencia o reconocimiento que tienen los estudios a los que aspiro cursar en “IEXE Universidad” en mi país de origen.
Por lo que al concluir el programa en su integridad académica y cumpliendo con los requisitos de carácter administrativo que “IEXE Universidad” a través de sus áreas correspondientes; tengo plena consciencia de los requisitos y alcances que las Autoridades y/u Órganos encargados de la Educación en mi país establecen para que, como titular de dichos estudios realizados en México, en su caso pueda o no obtener los mismos derechos que se tienen por la obtención de un título similar en mi país de origen. Siendo mi única y exclusiva responsabilidad la idoneidad, procedencia, validez y posibilidad de dicho reconocimiento.
A la par, estoy consciente y acepto que: deberé de cumplir con los requisitos generales que, para mi inscripción como estudiante activo y regular, la Autoridad Mexicana establezca; así como los particulares de esta institución a la que aspiro ingresar; consintiendo que, de no cumplirlos a cabalidad, los estudios cursados en el programa al que solicito mi inscripción, no serán reconocidos por ninguna Autoridad Educativa, no se me expedirá título y cédula profesional mexicana, ni servirá para continuar con estudios posteriores en el Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos o cualquier otro, ni será susceptible de obtener alguna equivalencia de estudios.
Por lo anteriormente expuesto, solicito a “IEXE Universidad” admitirme para el curso de dichos estudios; pues aunque el contenido, el Plan de Estudios, los Programas de Estudios, el Modelo Educativo, el Modelo Pedagógico, el Perfil de Ingreso, el Perfil de Egreso, las Competencias Profesionales, el Mapa Curricular, el Programa de Servicio Social en su caso, el Programa de Prácticas Profesionales en su caso, las Actividades Académicas (tanto las principales como las complementarias), los Docentes, los recursos didácticos, equipamiento, acervo bibliográfico, bancos de información y demás elementos sustantivos y adjetivos; corresponden de manera esencial y preponderante al Modelo Mexicano, los beneficios que marcarán no sólo mi carrera, sino también mi vida personal al ingresar al programa son a mi leal saber y entender, mayores como: el Networking internacional, la experiencia y alta especialidad de la plantilla docente que además son consultores (perfil docente-consultor), y la adaptabilidad que desarrollaré. Conste.
En este sentido, “IEXE Universidad” con la celebración del acto del cual el presente es parte; garantiza que está legitimado por las Autoridades Educativas de México, y proporcionará los elementos necesarios a su cargo que han sido descritos en la cláusula “II.15.B.) Validez de Estudios”, del instrumento donde obra la presente; esencialmente:
- Título original debidamente legalizado ante los organismos competentes en el país de origen y apostillado; y,
- Plan de estudios o “record académico” y documentos con los que sea posible verificar la duración de los estudios, en documento original o copia certificada.
Por lo que “EL ALUMNO” reconoce y acepta que el trámite de reconocimiento de títulos profesionales o grados académicos, es un acto administrativo de Derecho Público, cuya resolución es exclusiva de las Autoridades de su país de origen. Por lo que la responsabilidad y obligaciones de “IEXE Universidad” quedarán circunscritas a lo expresamente establecido y pactado en el presente.
II.15.D.) Procedimientos de reconocimiento, convalidación o revalidación de estudios en el extranjero:
“EL ALUMNO” al celebrar el presente acto jurídico, y haber usado o aprovechado cualquiera de los servicios educativos que el presente se refiere; manifiesta y reconoce de manera plena e ilimitada, para todos los efectos que de hecho y en derecho procedan; que las obligaciones que esta institución tiene para el inicio, impulso, gestión, control y administración tanto de su documentación, como de cualquier acto o procedimiento referente a su ingreso, tránsito, permanencia y egreso en el programa, así como los relativos a su certificación (total o parcial), titulación, obtención del grado profesional y los demás intermedios, adyacentes y secundarios o accesorios que, conforme a la legislación vigente en México deban realizarse; quedan circunscritos a los estrictamente necesarios a realizarse en México.
“LAS PARTES” hacen enfático hincapié en que “IEXE Universidad” no será responsable, ni podrá quedar obligada de forma alguna; a iniciar, impulsar, solicitar, gestionar, proseguir, operar, controlar o administrar, ningún acto o procedimiento ante cualquier autoridad que no sea la mexicana, ni particulares, independientemente del lugar de residencia o ubicación. Se excluye de lo anterior la cooperación, a que se refiere el ”II.15.B.) Validez de Estudios” anterior, así como cualquier otro en que, la persona titular de su área de Servicios Escolares determine, siempre que no represente ningún gasto, costa o estipendio a cargo de “IEXE Universidad”.
“EL ALUMNO” está consciente que, conforme “IEXE Universidad” cumpla con los actos y demás procedimientos, será el exclusivo responsable de iniciar, impulsar, solicitar, gestionar, operar, proseguir, controlar o administrar, todos y cada uno de los actos o procedimientos ante cualquier autoridad o entidad de su país de origen o cualquier otra que no sea mexicana, independientemente del lugar de residencia o ubicación; que necesite, o le sea conveniente, conducente o inherente al reconocimiento, validez, revalidación y/o equivalencia de los estudios, títulos y grados obtenidos en México en “IEXE Universidad”, y/o cualquier otra prerrogativa, derecho o facultad para que el “EL ALUMNO” como titular de dichos, obtenga los mismos derechos que se tienen por la obtención de un título o grado similar en su país de origen, o en cualquier otro donde desee que dichos surtan los mismos o similares efectos, aceptando que “IEXE Universidad” no tendrá ninguna responsabilidad sobre este respecto.
II.16.) PRIVACIDAD:
La información y datos personales que se recaben o transmitan por medio del presente, quedarán sujetos al “Aviso Integral de Privacidad” que se pone a su disposición en:https://iexe.edu.mx/aviso-de-privacidad/
Dicha información será utilizada para identificar, individualizar o particularizar propuestas y ofertas, así como para poder vincularse jurídicamente con “EL ALUMNO”. Para el ejercicio de sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) se pone a su disposición el siguiente correo para recibir sus solicitudes: admisiones@iexe.edu.mx
Si “EL ALUMNO” brinda cualquier dato o información, aun la simple confirmación de recepción del presente; significa que ha leído, comprendido, aceptado y acordado someterse a estos términos y condiciones (incluido el “Aviso Integral de Privacidad”). De lo contrario, no deberá de continuar, ni brinde dato, ni información alguna; y responda al remitente con la frase “me opongo, y no acepto”.
II.17.) MANIFESTACIÓN DEL CONSENTIMIENTO:
El Código Civil vigente para el Estado de Puebla, como la normatividad rectora del presente establece:
Artículo 1457
El consentimiento se rige por las siguientes disposiciones:
- I. Debe manifestarse claramente;
- II. Puede ser expreso o tácito;
- III. Es expreso cuando se manifiesta verbalmente, en un documento o por signos inequívocos;
A su vez, y de manera supletoria, el Código Civil Federal vigente en México establece:
Artículo 1803.- El consentimiento puede ser expreso o tácito, para ello se estará a lo siguiente:
I.- Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos, […]
Por lo cual las partes pactan expresamente que, “EL ALUMNO” manifestará su consentimiento con el contenido íntegro así como el alcance del presente instrumento, cuando a través de forma documental física, digitalizada, electrónica y/o informática, a través de los formularios que contienen el botón “Acepto el clausulado del Contrato de Prestación de Servicios Educativos”, presente “LA SOLICITUD”, la cual incluirá un mecanismo que lo llevará electrónicamente hasta el sitio donde se encuentra alojado el presente, que será invariablemente dentro del dominio web https://iexe.edu.mx
Por su parte “IEXE Universidad” manifestará su consentimiento con el presente instrumento, en los términos que “EL ALUMNO” haya expuesto en “LA SOLICITUD”, única y exclusivamente cuando a través de cualquier canal de comunicación, a través de sus agentes, funcionarios o representantes, le devuelvan el acuse de “LA SOLICITUD” aprobándola. El medio, elemento, componente o mensaje por el cual se envíe dicho acuse, hará referencia a “LA SOLICITUD”, en su caso aprobándola, siendo dicha el medio fehaciente para acreditar la vinculación en los términos en ella expuesta y los presentes.
De manera que las partes acuerdan que “LA SOLICITUD” será la muestra inequívoca, indudable, incuestionable e intachable del consentimiento que manifiesta para someterse a lo expuesto en el presente instrumento; por lo que desde este momento, se establece que cualquier soporte en el que se fije “LA SOLICITUD” que contenga la aceptación de este instrumento, así como el addendum, notificación o cualquier otro documento en virtud de este Contrato, las partes pactan que se considerará una firma manuscrita original a los efectos de la validez y la aplicabilidad. Cualquiera de las partes puede retirar su consentimiento para recibir documentos firmados electrónicamente en virtud de este Contrato en cualquier momento notificando a la otra parte, surtiendo efectos la revocación exclusivamente para el futuro del momento a partir del cual se reciba por la otra la noticia; nunca de manera retroactiva.
II.18.) VIGENCIA:
Las partes acuerdan que el presente Contrato entrará en vigor, comenzando a surtir plenos efectos, a la fecha de que cada una de ellas manifieste su consentimiento: “EL ALUMNO” con la requisición, selección del botón “Acepto el clausulado del Contrato de Prestación de Servicios Educativos” en la sección de la web de “IEXE Universidad” correspondiente de dicha o simple envío de “LA SOLICITUD”; por su parte “IEXE Universidad”, con la emisión del acuse aprobatorio de “LA SOLICITUD”, donde le señale a “EL ALUMNO” que ha quedado inscrito o re-inscrito al programa de mérito. En los términos establecidos en la cláusula precedente.
El presente tendrá una vigencia Indeterminada. Hasta que:
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a) Las partes vuelvan a manifestar su consentimiento de nueva cuenta en una nueva Solicitud, en los términos que se han expuesto; en cuyo caso el Contrato que quedará vigente será aquél a que se refiera y/o contenga “LA SOLICITUD” nueva, quedando el presente extinto por voluntad expresa de las partes;
-
b) Las partes cumplan, de manera ordinaria y natural, todas y cada una de sus obligaciones y derechos a que se refiere el contrato. Por lo que en dicho caso el presente terminará con todos sus efectos con el único requisito que así lo haga constar “IEXE Universidad”. Para la actualización de esta hipótesis, se constituye como requisito sine qua non el cabal cumplimiento a satisfacción de “IEXE Universidad” por parte de “EL ALUMNO”, expidiendo constancia de liberación relativa; o,
-
c) Se colme por parte de “EL ALUMNO” el procedimiento de Baja del Programa Académico al que se haya inscrito, debiendo pagar la tarifa que cubre los gastos y costas de la diligenciación de dicha solicitud, en los términos en que los agentes de “IEXE Universidad” se lo señalen.
II.19.) REFORMAS:
Las cláusulas contenidas en el presente acuerdo de voluntades sólo podrán ser reformadas o modificadas a través de convenio escrito (Addendum), celebrado expresamente por las partes; consecuentemente las omisiones, hechos o actos de cualquiera de los intervinientes, que sean diversas a lo establecido en este instrumento no generarán facultad ni derecho alguno, ni tendrán como efecto la reforma o modificación de este contrato.
Se establece expresamente que en el caso de actualizarse la hipótesis descrita en el inciso “a)” de la cláusula anterior, no se tomará para ningún efecto como un Addendum, sino como un nuevo Contrato.
II.20.) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y CONTROVERSIAS:
Las partes manifiestan que, la firma de este documento y los compromisos contraídos en él, son producto de su buena fe; por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento.
En caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación, ejecución o cumplimiento, las partes acuerdan que la primera vía de solución será a través de los agentes, funcionarios o representantes de “IEXE Universidad” y “EL ALUMNO” de forma personalísima, a través de acuerdos comunes.
En cualquier caso, en que no lleguen al mismo, si el inconforme es “EL ALUMNO”, desde este momento se someterá a la Jurisdicción Auxiliar de la Delegación en la Ciudad de Puebla, Puebla, de la Procuraduría Federal del Consumidor. En aquellos casos en que “EL ALUMNO” no tenga posibilidades de acudir a esta Delegación por razón de su domicilio, se compromete a diligenciar el Procedimiento Conciliatorio para éste se celebre vía telefónica en la Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO) de la Zona Gral. Ignacio Zaragoza con residencia en la Ciudad de Puebla, Puebla para “IEXE Universidad”, y la Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO) que le quede más cercana a “EL ALUMNO”; lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 111 de la Ley Federal de Protección Al Consumidor. Si “EL ALUMNO” no solicita dicha forma expresamente en su Reclamación inicial, correrá con los gastos y costas que le genere a los representantes de “IEXE Universidad” el trasladarse a la ODECO de su domicilio.
Si el inconforme es “IEXE Universidad”, tramitará lo correspondientes a través de cualquiera de los Medios Alternos de Solución de Controversias; ante las autoridades correspondientes con competencia en el Estado de Puebla, de modo que si llegasen a un acuerdo se levantará por escrito firmado por ambas partes el convenio de transacción correspondiente.
Sólo en caso de que lo anterior fracasara se someterán a la Jurisdicción de las Leyes y Tribunales del Distrito / Circuito Judicial de Puebla y expresamente renuncian al fuero de su domicilio, presente o futuro. De la misma forma en aquellos casos en que resulte aplicable, “LAS PARTES” acuerdan dirimir sus controversias a través del JUICIO ORAL SUMARISIMO, previsto en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.
II.21.) CONVENCIÓN SOBRE ACUERDOS Y NEGOCIACIONES PREVIAS E INFORMALES, CONFORMIDAD DE ACUERDO ÚNICO PREVALECIENTE Y ACEPTACIÓN INTEGRAL DEL INSTRUMENTO
Las partes convienen en dejar expresamente sin efecto, cualquier otro acuerdo, manifestación, negociación, promesa, ofrecimiento, policitación, comunicación, información o simple dato que no conste en el presente instrumento o en “LA SOLICITUD” que haya sido acusada de recibida y aceptada por “IEXE Universidad”; por lo que quedarán insubsistentes de pleno derecho, cualquier reclamo, mención o simple pretensión de avalar, ejecutar, cumplir, llevar a cabo, o ejercer cualquier elemento ajeno al presente. Porque de ahora en adelante, este Contrato sustituyen expresamente los acuerdos o compromisos previos celebrados entre las partes.
Una vez más “EL ALUMNO” ratifica con la requisición, selección del botón “Acepto el clausulado del Contrato de Prestación de Servicios Educativos” en la sección de la web de “IEXE Universidad” correspondiente de dicha o simple envío de “LA SOLICITUD”, que ha declarado su plena y total conformidad con las cláusulas precedentes, así como en la información que “IEXE Universidad” le emitió con la aceptación, junto con los Reglamentos Interiores e Institucionales que rigen a “IEXE Universidad”; por lo que se compromete al fiel y estricto cumplimiento del presente instrumento donde consta el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Declarando conjuntamente las partes que, las presentes Declaraciones y Cláusulas, junto con sus actualizaciones, modificaciones, términos adicionales, políticas relacionadas y Reglamentos Interiores e Institucionales; constituyen el acuerdo legal entre “IEXE Universidad” y “EL ALUMNO”.